La Superintendencia del Sistema Financiero ha creado el nuevo Sistema de Planilla Única (SPU), donde los empleadores deberán realizar la declaración de planillas previsionales y de salud en una sola plataforma, al cual podrás acceder mediante el siguiente enlace:
Ingreso Base de Cotización
El Ingreso Base de Cotización (IBC) de tus empleados debe ser el salario mensual que devenguen o el subsidio respectivo de incapacidad por enfermedad o maternidad. No puede ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente. Ver la siguiente tabla:
*De conformidad con el decreto ejecutivo N° 12, de fecha 26 de mayo de 2025, publicado en el diario oficial N° 96, Tomo 447 de la misma fecha.
¿Qué debes considerar dentro del IBC?
Debes considerar, como salario mensual, las retribuciones que el trabajador reciba en dinero por los servicios que preste durante un mes, incluido el período de vacaciones, sobresueldos, comisiones y porcentajes sobre ventas. No forman parte del IBC las gratificaciones ni bonificaciones ocasionales; el aguinaldo, viáticos, gastos de representación ni prestaciones sociales establecidas por la ley.
Tasa de cotización
La tasa de cotización que apliques en la planilla previsional debe corresponder a las proporciones establecidas por la Ley Integral del Sistema de Pensiones para cada tipo de empleado.